DIFICULTADES EN EL SENO DEL GOBIERNO
El 31 de julio de 1937 el ministro Irujo presentó ante el Consejo de Ministros un proyecto de decreto articulado en seis puntos que preveía el restablecimiento de la libertad de cultos para todas las confesiones religiosas y anunciaba la creación de un Comisariado de Cultos, confiando en que el citado Josep Maria Trias accedería a la propuesta de dirigirlo.
El Consejo de Ministros, a pesar de reconocerle las razones que justificaban la iniciativa, desestimó aprobar el decreto alegando que la libertad de culto ya estaba garantizada por las leyes vigentes. Sin embargo, en plena contradicción argumental, la resolución afirmaba que no era procedente reabrir las iglesias al culto sino que, como máximo, aconsejaba autorizar que lo hicieran algunas capillas privadas.
Adoptando una actitud posibilista, Irujo retiró el proyecto y se limitó, en consonancia con lo acordado en el Consejo de Ministros, a autorizar, por decreto del 8 de agosto de 1937, el ejercicio privado del culto. Su convicción de que era fundamental resolver el contencioso religioso le animó, superando todas las dificultades, a trabajar desde el ministerio de Justicia en esta dirección. A los cuatro días de la primera orden, el 12 de agosto, despachó otra ordenando a los fiscales que actuaran de oficio contra cualquier persona que denunciara a un ciudadano por la simple razón de ser sacerdote o de administrar los sacramentos. El 9 de octubre el ministro decretó que los cálices se consideraran exentos de ser librados al ministerio de Hacienda, tal como preveía una orden de agosto de 1936. El 27 del mismo mes, también ordenó a las audiencias provinciales que enviaran un informe con el inventario de todos los edificios que antes de abril de 1936 estaban dedicados al culto, especificando de quién habían sido propiedad, a qué usos se habían destinado y su estado de conservación.
El ministro Irujo también cumplió con el compromiso de excarcelar a los religiosos presos. Por ejemplo, de los más de dos mil que se habían concentrado en Barcelona, procedentes de las diócesis catalanas, valencianas y aragonesas, a mediados de agosto de 1937 sólo quedaron presos ciento treinta y dos, más otros sesenta y seis repartidos en el resto de cárceles catalanas.[220]
No obstante, todas estas iniciativas no consiguieron hacer cambiar de opinión a Josep Maria Trias, que continuó rechazando asumir la responsabilidad del Comisariado de Cultos. Con la intención de desbloquear la cuestión, Irujo emprendió —tal como le exigía Trías— gestiones directas con las jerarquías eclesiásticas. De una parte, pidió a Trias que se desplazara a París para entrevistarse con el cardenal Vidal i Barraquer y recabar su opinión sobre la mejor manera de influir en los ámbitos de la curia vaticana a favor de las iniciativas normalizadoras. Por otra parte, citó al vicario general de Barcelona, el oratoriano Josep Maria Torrent —máxima autoridad eclesiástica del arzobispado barcelonés, en ausencia del obispo Irurita— para manener una entrevista oficial en su despacho.
La entrevista, superando las precauciones derivadas de la situación de clandestinidad tolerada del vicario episcopal, tuvo lugar el 28 de noviembre de 1937. Ante las propuestas del ministro, Torrent reaccionó oponiendo una reserva recelosa y solicitando tiempo para consultarlo con Roma. La respuesta que el cardenal Pacelli, después de deliberar con el Papa, le transmitió mediante una carta fechada el 29 de septiembre de 1937, le incomodó y sorprendió. Pacelli le comenta que el Vaticano no ve desafortunada la propuesta pero, sin embargo, deja en sus manos que, escuchando la voz del corazón y conociendo las circunstancias, tome la decisión final que estime más conveniente.
Puesto en la encrucijada, Torrent resolvió desestimar la propuesta del ministro. No le agradaba que pudiera ser acusado de colaborar con la República, con unos partidos que habían permitido o no habían sabido evitar la persecución religiosa. Ante esta razón evidente, hay indicios para pensar que Torrent era de la opinión que una normalización del culto tenía que ser la señal de un cambio de régimen, no sólo de una voluntad política de cambio.
Es difícil calibrar hasta qué punto en la decisión de Torrent pesó más la doctrina expuesta en la Carta colectiva o el temor de que, en el caso de victoria de los nacionales, Franco tomara represalias contra la Iglesia por haber reanudado las prácticas ministeriales de forma pública y de común acuerdo con las autoridades republicanas. Conviene recordar que existía el precedente de los sacerdotes vascos ejecutados por las autoridades militares franquistas…
Una vez tomada la decisión, a fin de evitar el escándalo por haber rehusado la propuesta de un ministro católico, el vicario general de Barcelona optó por retardar la respuesta. Sin embargo, desveló su desacuerdo reafirmando, precisamente en aquellas fechas, la prohibición de que los sacerdotes celebraran misa públicamente, bajo amenaza de suspensión a divinis.
Lo que Torrent no pudo evitar fue que el clero vasco refugiado en Barcelona oficiara en la capilla que el Gobierno de Euskadi tenía en la sede del paseo de Gracia o, principalmente, en la Capilla Vasca situada en el barrio gótico de Barcelona, inaugurada bajo la tutela de una Asociación de Mujeres Patriotas Vascas. Algunos sacerdotes barceloneses también fueron habilitados circunstancialmente para oficiar en dichos centros de culto.
Cabe subrayar que en la capilla, que tenía un aforo de unas setecientas personas, se llegaron a celebrar ocho o nueve misas diarias.